DIVORCIO UNILATERAL “EXPRESS” NUEVO CCYC

estudiopoussaabogados

 “A partir de ahora ya no hay causales, cada uno se divorcia por sus razones y éstas son privadas”

Tampoco es necesaria la voluntad de ambos cónyuges para poner fin a un matrimonio. Ni deberán haber pasado tres años de casados antes de que dos personas puedan divorciarse. Todo, desde la puesta en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

Entre los puntos más salientes de la norma que rige desde el 1 de agosto del 2015 el que más popularidad tomó fue el conocido en los medios como “DIVORCIO EXPRESS” llamado así precisamente por la celeridad que a partir de ahora toma el trámite, que solía llevar años.

Con DNI de ambos esposos, libreta, acta o certificado de matrimonio, partida de nacimiento y DNI de los hijos matrimoniales, fecha y lugar de la celebración del matrimonio y último domicilio conyugal en el que convivieron, uno o ambos cónyuges pueden solicitar el divorcio.

Además, la solicitud debe ir acompañada con una propuesta resolutoria sobre cuestiones relativas a la atribución de la vivienda, la distribución de los bienes, las eventuales compensaciones económicas entre los cónyuges y lo relativo al ejercicio de la responsabilidad parental, en especial, la prestación alimentaria, que si es aceptada por las dos partes el trámite termina ahí, si no, se inicia un proceso pero de todos modos ya están divorciados. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio.

Es importante resaltar que continúa siendo un trámite judicial (no administrativo). Esto quiere decir que se requiere un abogado, como en todo trámite judicial.

La realidad marca que un alto porcentaje de parejas se divorcia y siempre es bueno saber que a tal frustrante decisión le sigue un proceso lo más breve y expeditivo posible.

Vías de Contacto Click aquí –> Estudio Poussa Abogados

Seguinos en  Facebook para recibir nuestras novedades.