ESTA (Electronic System for Travel Authorization )es una autorización con un período de validez de hasta 90 días, que permite viajar y entrar en Estados Unidos con fines turísticos, de negocios o de tránsito hacia otro país.
Para solicitar ESTA es necesario cumplimentar previamente los requisitos de elegibilidad y formar parte del programa de los 38 países de exención de visa, indicados a continuación:
Aquellos que deseen tramitar el ESTA, deberán tener en cuenta los siguientes requisitos para viajar a Estados Unidos y asegurarse de realizarlos correctamente con el fin de conseguir un resultado favorable.
– El propósito del viaje debe ser por Turismo, Negocios, o de tránsito hacia otro país. Una autorización de viaje ESTA no substituye ni cumple con los requisitos legales de un visado de trabajo, residencia permanente o estudios a Estados Unidos.
– Los solicitantes deben disponer de un pasaporte biométrico, válido y legalmente emitido por uno de los países participantes del ESTA Visa Waiver Program, que se citan a continuación: España, Chile, Reino Unido, Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, República Checa, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Latvia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Portugal, Corea del Sur, San Marino, Singapur, Eslovaquia, Eslovenia, Suecia, Suiza y Taiwán.
– No son elegibles para solicitar y tramitar el permiso ESTA aquellos que tengan antecedentes penales o que en algún momento hayan sido detenidos o declarados culpable de un delito contra la ética y moral de las personas, también lo serán aquellos que sufran de enfermedades contagiosas consideradas de riesgo para la salud pública, aquellos para los que su entrada al país haya sido denegada, o aquellos que hayan sido deportados de los Estados Unidos, o que hayan previamente sobrepasado la estancia máxima de 90 días en los EE.UU bajo el programa y requisitos del ESTA Visa Waiver.
-Bajo el programa de exención Esta Application Visa Waiver Improvement and Terrorist Travel Prevention Act of 2015, han dejado de ser elegibles también, aquellos que hayan viajado o estado presentes en Irán, Iraq, Sudan, Siria a partir del 1 de Marzo del 2011, excluyendo aquellos que hayan viajado por motivos diplomáticos o por servicio militar.
-Los ciudadanos de Irán, Iraq, Sudán, Siria, Libia, Yemen y Somalía ya no son eligibles y no podrán solicitar el permiso ESTA.
El Formulario ESTA requiere contestación a unas preguntas estándar, así como la información personal y los datos del pasaporte del solicitante.
IMPORTANTE En caso de que su país de nacimiento haya sido Argentina además de tener el pasaporte de ciudadanía para ESTA vigente deberán tener el pasaporte Argentino también vigente.
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Todos los turistas o usuarios de los países exentos y no eligibles para el ESTA, que tengan intención de viajar a Estados Unidos por motivos de negocios u ocio, deberán presentar una solicitud de visado B1 o B2 en la embajada o consulado de Estados Unidos más cercano, y prepararse posteriormente, para todos los trámites y documentos requeridos y necesarios, incluyendo una entrevista.
Llegados a este punto, hay dos tipos principales de visados de corta duración:
Necesitas una visa B-1/B-2 si:
- Viajaras por turismo
- Viajaras por negocios (reuniones con clientes y proveedores, asistir a una conferencia, por ejemplo)
- y te quedaras seis meses o menos.
La visa B-1/B-2 es una combinación de dos visas (B-1 para negocios y B-2 para turismo) y será válida por un período de 1 a 10 años, dependiendo de tu país de origen. Te permitirá entrar múltiples veces a los Estados Unidos.
Recuerda
- la visa B-1/B-2 no permite al portador trabajar o recibir remuneración de un empleador americano.